EL VALOR DE LOS INDEPENDIENTES

EL VALOR DE LOS INDEPENDIENTES

Los representantes que integramos la candidatura de Idean (independientes de Anna), queremos hacer constar que independiente no significa, como desde algunas posiciones interesadas tratan de insinuar, neutro o desideologizados.

Las personas que integramos los partidos independientes, como cualquier otra tenemos nuestra ideología y nuestro posicionamiento político.

Somos personas que creemos, con todos los respetos hacia las que consideran otras opciones, que desde posiciones estrictamente locales se defienden mejor los intereses de nuestros municipios respectivos.

Creemos que nadie mejor que los propios vecinos conocen sus problemas por ello no podemos entender ni compartir que puedan ser otros los que, en determinados momentos puedan decidir sobre aspectos estrictamente locales.

Por ello en los partidos independientes cabe cualquier persona que acepte los principios democráticos de cualquier asociación o grupo político, que compartan los valores éticos basados en el trabajo, la honestidad y la honradez y que estén dispuestos a contribuir con sus opiniones y su trabajo a mejorar las condiciones de vida de los vecinos del municipio en el que habitan.

Estamos convencidos que personas que votan opciones diferentes en otras elecciones pueden ponerse de acuerdo en cuanto a las medidas que afectan la vida municipal, basta comprobar las actuaciones en los pueblos de nuestras comarcas gobernados por diferentes partidos para comprobar que las similitudes y diferencias no son debidas a esta variante, es más, creemos que eso enriquece el debate, interno y, consecuentemente, posibilita un mayor acierto en la toma de decisiones.


MITIN FINAL DE CAMPAÑA

domingo, 27 de febrero de 2011

Anna busca un nuevo juez de paz y sustituto


In Anna, Sociedad on febrero 23, 2011 at 8:29 am
El Ayuntamiento de Anna ha publicado un anuncio en el BOPV para cubrir dos vacantes en el juzgado de paz, en calidad de juez titular y sustituto. Con la publicación, se abre un plazo de 15 días para que los interesados presenten sus instancias en el Registro General del Ayuntamiento y participen en la elección de los nuevos puestos.
Podrán ser nombrados Juez de Paz, titular y sustituto, aquellos que sin ser licenciados en Derecho reúnan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo, se exige ser español, mayor de edad, no estar incurso en las causas de incapacidad y que no sean susceptibles de menoscapar su imparcialidad o independencia, ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
Los jueces de paz son nombrados por un periodo de cuatro años y se encuentran en municipio s donde no exista Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, y con jurisdicción en el término correspondiente. Su labor es la de tramitar, celebrar y dictar sentencias en juicios de faltas por hechos de pequeña gravedad (insultos, vejaciones, coacciones) que hayan ocurrido en su pueblo, lo mismo, si se reclaman cantidades. También debe atender el Registro Civil, lo que hará que celebre bodas, inscriba nacimientos, y otros hechos relacionados con esta materia.